Fedea pide que los subsidios y prestaciones asistenciales puedan compatibilizarse con un empleo
Advierte de que no se puede imponer por ley la semana laboral de 4 días y pide una mayor seguridad jurídica en la contratación y el despido
La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) considera «fundamental» modificar el diseño actual de las prestaciones asistenciales con el fin de introducir incentivos a la búsqueda de un empleo, de forma que la percepción de la prestación pueda compatibilizarse, al menos en una parte, con el cobro de un salario.
En un trabajo elaborado por José Ignacio Conde-Ruiz y Jesús Lahera, miembros de Fedea, sobre los retos del mercado laboral en las próximas décadas, el organismo señala que, ante el desplazamiento de trabajadores al desempleo que implicará la revolución tecnológica, España necesitará políticas pasivas «que tengan fuertes incentivos a la búsqueda de empleo».
Según Fedea, la pérdida (o caída) del subsidio si se acepta un empleo hace que muchos perceptores no quieran aceptar trabajos, sobre todo si éstos son de carácter temporal o a jornada parcial.
«Esto explicaría por qué en muchas áreas turísticas donde hay un alto nivel de desempleo existen problemas para cubrir vacantes», apunta Fedea, que añade que esta situación también se está produciendo en el sector doméstico.
Según se indica en el informe, en el pasado estos trabajadores encontraban acomodo en el mercado laboral de forma irregular y sin poner en riesgo su prestación. «Ahora, gracias a los necesarios avances de la Inspección, esta posibilidad es descartada y frenan su incorporación al mercado de trabajo», añade.
Fedea subraya en este informe, al que ha tenido acceso Europa Press, que, según la evidencia internacional, permitir de forma permanente compatibilizar la prestación y el salario aumenta la cobertura, impulsa el empleo y reduce la tasa de paro estructural.
En este sentido, recuerda que en el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se ha introducido un incentivo al empleo, pues se permite compatibilizar la prestación y el salario, pero únicamente durante un año o como mucho dos, un plazo que, para Fedea, resulta «claramente insuficiente», pues «nadie arriesga la pérdida del IMV en esas condiciones».
Así, los autores de este estudio abogan por hacer compatible la percepción de la prestación, al menos una parte, con el salario, de manera que se pueda recibir la prestación mientras los ingresos se mantengan por debajo de cierto umbral.
En caso de que los ingresos superaran el umbral establecido, la prestación se reduciría gradualmente o se suspendería por completo. «Esta medida asegura que las personas con ingresos más bajos sigan recibiendo el apoyo necesario, mientras se incentiva a buscar empleo y aumentar los ingresos», defiende Fedea.
De este modo, el subsidio se sumaría al salario del trabajador, convirtiéndose en un complemento salarial. En todo caso, Fedea subraya que en la implementación de este nuevo diseño se ha de contar con sistemas de seguimiento y verificación para garantizar el cumplimiento y evitar abusos o fraudes.
LA JUBILACIÓN TAMBIÉN DEBE SER COMPATIBLE CON UN SALARIO
El organismo denuncia en este trabajo que la regulación de la jubilación en España es «drástica, sin apenas pasarelas de transición gradual entre la etapa de trabajador y la de pensionista», y, además, es, por regla general, incompatible con el trabajo retribuido.
A su juicio, debe superarse la concepción clásica de la jubilación y caminar hacia modelos de jubilación distintos, «mucho más graduales, flexibles y compatibles con el trabajo retribuido, por cuenta ajena o autónomo, sin límites de ingresos».
Así, Fedea propone regular con incentivos los acuerdos de jubilación parcial, facilitar la jubilación activa y dejar de topar las rentas adicionales de los jubilados.
A su vez, pide un nuevo contrato de trabajo compatible, con reglas específicas que, sin discriminar por edad, tenga en cuenta que el pensionista está ya cubierto por una renta pública, «lo que puede descartar, en estos supuestos, una indemnización por despido».
MAYOR SEGURIDAD JURÍDICA EN EL DESPIDO Y LA CONTRATACIÓN
Fedea considera que hay aspectos mejorables en la reforma laboral pactada de 2021 que contribuirían a que la caída de la temporalidad «contractual» viniera acompañada de una disminución real de la precariedad y la inestabilidad laboral.
«Hay un segmento de los trabajadores que, a pesar de que su contrato ahora tiene la etiqueta de indefinido, sigue siendo muy precario cuando miramos al número de días trabajados, a su salario, al tipo de jornada y a los elevados periodos de inactividad que presentan», avisa Fedea.
Entre las mejoras del marco laboral que proponen los autores, se encuentra la de dar mayor certidumbre y seguridad jurídica en la contratación laboral, pues las nuevas reglas de contratación que introdujo la reforma de 2021 «están generando problemas de inseguridad jurídica que necesitarían una aclaración normativa o una jurisprudencia rápida».
Estos problemas, explica Fedea, se concentran en la frontera entre los nuevos contratos temporales de circunstancias de la producción y las distintas modalidades de fijos-discontinuos creadas con la reforma de 2021.
Por ello, Fedea reclama una nueva intervención legal, en lo posible acordada, para despejar algunas dudas interpretativas entre ambos contratos.
Para Fedea, también es necesaria una mayor certidumbre y seguridad jurídica en las causas objetivas económicas, organizativas, técnicas o de producción del despido, así como una mejora del procedimiento de extinción colectiva (ERE), que ahora computa trabajadores en cada centro de trabajo y en toda la empresa.
En cuanto al procedimiento del despido colectivo, Fedea considera que habría que seguir la directiva europea que establece que la regulación ha de girar alrededor de extinciones por cada centro de trabajo y no en toda la empresa, con los umbrales allí definidos.
Fedea señala que la reforma laboral ha generalizado el uso de los contratos fijos-discontinuos. Se trata, en su opinión, de un contrato «muy flexible», que no garantiza estabilidad al trabajador y que está siendo usado en lugar de los tradicionales contratos temporales. «Muchos trabajadores acaban causando bajas voluntarias del contrato tan pronto consiguen otro más estable», apunta.
Al ser una baja voluntaria, estos trabajadores no son cubiertos por costes de despido y para ello, defiende Fedea, puede resultar «muy atractivo» contar con una cuenta individual, consistente en que el empresario, conjuntamente con el trabajador, depositaria un porcentaje del salario en una cuenta, a modo de adelanto de un porcentaje del coste de despido objetivo procedente.
Esta cuenta individual podría ser usada por el trabajador cuando es despedido objetivamente de manera procedente, para invertir en su educación o formación o para cuando se jubila a modo de ahorro complementario para la jubilación.
Fedea aclara que estas cuentas individuales sufragarían sólo, parte o todo, el coste del despido objetivo procedente (20 días salario año) y no el diferencial con la indemnización del despido improcedente (33 días salario por año trabajado) o las mejoras pactadas en despidos colectivos, que serían a cargo siempre de la empresa.
Fedea aboga además por introducir más flexibilidad en el tiempo de trabajo, incluyendo jornadas y semanas reducidas en sectores específicos.
No obstante, avisa de que el camino hacia jornadas laborales semanales de cuatro días «no está siendo, ni debe ser, el de la imposición legal», sino el de la adecuación a la productividad empresarial a través de la negociación colectiva o los pactos individuales con los trabajadores.
«Una ley que impusiera esta fórmula de forma obligatoria y generalizada iría en contra de la heterogeneidad productiva, con muy probablemente el efecto indeseado de reducción de salarios en los sectores con menor capacidad de adaptación a este sistema», avisa.
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Source: Europapress