Nueve años de prisión por seccionar la yugular a otro hombre con un cristal en un pub de Selaya

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a nueve años de prisión a un hombre que seccionó la yugular a otro varón con un cristal cuando ambos se encontraban en la pista de baile de una discoteca de Selaya.

Para el tribunal, el acusado es autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, ya que «por la zona en la que clavó el arma y la intensidad con que lo hizo» aceptó que podría causar la «muerte» al lesionado, lo que no ocurrió al ser evacuado a un centro sanitario.

En una sentencia que no es firme, ya que está recurrida en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Sección Tercera de la Audiencia condena también a la mujer que acompañaba al procesado, por golpear con una botella y lanzar un vaso a dos amigos de la víctima.

Ella es autora de dos delitos de lesiones agravadas y se le ha aplicado la atenuante de reparación del daño, pues antes del juicio consignó 6.000 euros en favor de las agredidos.

En concepto de responsabilidad civil, el primero deberá indemnizar al hombre que agredió en 9.133 euros y al Servicio Cántabro de Salud en 1.240 euros por la asistencia sanitaria prestada. Y la segunda deberá pagar 10.594 euros a los dos varones a los que causó lesiones en cara y cabeza.

Antes de la vista oral la fiscal reclamaba ocho años de encarcelamiento para ambos pero tras el plenario rebajó a la mitad la pena solicitada para la mujer por reparar el daño.

Los dos se acogieron a su derecho a no declarar a ninguna de las partes. Quienes sí testificaron fueron los tres heridos y uno de ellos destacó que el procesado presumió, dos días después del altercado en un directo en una red social (Instagram), de que había «cortado a un chaval en el cuello» y casi lo «mata».

HECHOS PROBADOS

Según los hechos probados que recoge la sentencia, los dos procesados se encontraban en la pista de baile de un pub de Selaya cuando un hombre se acercó al acusado para pedirle que dejara de molestar a sus amigas.

Entonces, el varón ahora condenado, «con intención de acabar con la vida» de aquel, «provisto de un cristal le agredió por la espalda en la parte izquierda del cuello, seccionándole la vena yugular».

Pero «no logró su propósito de causarle la muerte, ya que se trasladó rápidamente» al agredido a Urgencias de un centro de Atención Primaria y, a la vista de la gravedad de las heridas, al Hospital Valdecilla, donde le pudieron controlar la hemorragia.

Por su parte, la mujer «con intención de menoscabar la integridad personal» de dos amigos del anterior agredido, «golpeó en la cabeza con una botella de cristal» a uno de ellos «y lanzó un vaso de cristal» contra otro, que «impactó violentamente en su cara».

RELATO COHERENTE, COINCIDENTE Y MINUCIOSO

La Audiencia ha considerado acreditados estos hechos a la vista de las declaraciones de los denunciantes y de los demás testigos, que relataron «coherente, coincidente y minuciosamente la forma y circunstancias en que se produjeron las agresiones».

Además, estos datos fueron corroborados por los informes médicos y forenses, que detallan que las lesiones son compatibles con la forma en que los denunciados afirmaron que ambos acusados procedieron.

Finalmente, existe un video aportado a la causa en el que el procesado, a través de Instagram, «se jactó de que había agredido con una botella a un chico».

Por el contrario, señala el tribunal que no existe ninguna prueba o indicio que avale las manifestaciones de los acusados, y que la autoría de ambos en relación con las lesiones causadas por cada uno de ellos «está fuera de toda duda».

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