Las llamadas comerciales a través de números móviles estará prohibido a partir de este año

El Gobierno ha rematado la orden ministerial que concretará su plan para luchar contra las estafas telefónicas y mediante SMS, un paquete de medidas que incluye, entre otras, la prohibición de las llamadas comerciales desde números móviles.

Esta limitación comenzará a aplicarse de forma obligatoria en un plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la orden ministerial, lo cual se producirá a los 20 días desde la publicación del texto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), algo que se prevé que ocurrirá «en los próximos días», dado que el titular de la cartera para la Transformación Digital, Óscar López, ya ha firmado la orden ministerial.

El secretario general de Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales y Seguridad Digital, Matías González, ha destacado en un encuentro con medios que la utilización de la numeración móvil nacional es una de las prácticas más habituales de los «piratas» para tratar de acometer estafas de suplantación de identidad con las que conseguir, por ejemplo, información confidencial de los usuarios, como datos bancarios.

En cuanto al periodo de tres meses entre la entrada en vigor de la orden ministerial y el momento en el que tendrá que empezar a aplicarse esta medida, González ha explicado que se debe a la necesidad de dar un cierto margen a los organismos o entidades que siguen utilizando la numeración móvil para las llamadas comerciales.

Otra de las medidas que contempla el plan del Gobierno tiene que ver con la habilitación de los números 800 y 900 (gratuitos ambos) para emitir llamadas, dado que hasta ahora solo podían recibirlas.

De este modo, las llamadas comerciales podrán realizarse desde números especialmente atribuidos para ello (como el 1004 de Telefónica, por ejemplo), desde numeración geográfica o desde los mencionados 800 o 900.

En ese sentido, esta posibilidad comenzará a regir cuando entre en vigor la orden ministerial, es decir, 20 días después de que se publique el texto en el BOE.

OBLIGACIONES PARA LAS OPERADORAS

Otra de las medidas que incluirá la orden ministerial tiene que ver con la obligación de los operadores de telecomunicación de bloquear las llamadas y SMS con numeración que no haya sido atribuida, asignada o adjudicada, algo que también comenzará a aplicarse cuando entre en vigor la orden ministerial (20 días tras su publicación en el BOE).

«Evidentemente, si estamos hablando de llamadas o SMS con numeración que no está en el Plan Nacional de Numeración atribuida a algún servicio o que no ha sido asignada a algún operador o que no tiene un cliente final detrás en ese momento, pues es numeración que no debería estar siendo utilizada para originar ni llamadas ni SMS. Entonces, imponemos la obligación de bloquear esas llamadas», ha explicado González.

Asimismo, los operadores estarán obligados a bloquear las llamadas y los SMS de origen internacional que simulan haber sido originadas en un número español, excepto de aquellos clientes que se encuentre en ‘roaming’.

En ese sentido, desde el Ministerio para la Transformación Digital han señalado que las llamadas fraudulentas suelen proceder de países extranjeros que simulan utilizar la numeración nacional a fin de engañar a la ciudadanía.

Esta medida será exigible, como máximo, a los tres meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial.

La otra iniciativa incluida en el plan tiene que ver con la creación de una base de datos con los nombres o códigos alfanuméricos verificados, es decir, para evitar que algún potencial estafador pueda hacerse pasar por un banco, una compañía o una administración pública.

Esta medida tiene con ver con la posibilidad de que un usuario reciba un SMS creyendo que es, por ejemplo, de Correos, pero que, sin embargo, en la etiqueta del SMS aparezca ‘CORREO’ (sin la ‘S’ final) con la intención de hacerse pasar por el organismo, entidad o compañía oficial en cuestión.

De este modo, en la orden ministerial se establece que estos códigos alfanuméricos serán registrados y verificados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para proteger el nombre de las compañías o entidades y localizar de forma rápida los intentos de suplantación.

Esta medida empezará a aplicar en un plazo de 15 meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial.

«Esta medida es la que tiene un plazo de implementación más largo porque requiere unos trámites técnicos y administrativos por parte de la CNMC, de los operadores y de las empresas y entidades públicas que quieran hacer uso de estos recursos», ha explicado el secretario general de Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales y Seguridad Digital.

González ha resaltado en la presentación de este paquete de medidas que las iniciativas que se pondrán en marcha en España están en línea con las implementadas en países del entorno, como Finlandia, Francia, Alemania o Bélgica, en algunos de los cuales se ha logrado reducir casi en un 90% este tipo de estafas de suplantación de identidad a través de llamadas o SMS.

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