Hacienda crea una cadena de responsabilidades en el IVA

Como un “butrón en el Tesoro público” ha calificado el Director General de Tributos, José Manuel de Bunes, el daño causado por las tramas organizadas que practican el llamado ‘fraude carrusel’ con el IVA. Una actividad delictiva que declara operaciones ficticias para obtener de Hacienda la devolución de cuotas que nunca fueron ingresadas.
Para evitar ésta y otras actuaciones fraudulentas, la Agencia Tributaria ha impulsado la Ley de Medidas de Prevención del Fraude Fiscal que entró en vigor en diciembre y cuyo contenido fue explicado en Santander por el responsable de la Dirección General de Tributos.
Responsabilidad subsidiaria en el IVA

La ley establece un supuesto de responsabilidad subsidiaria en el pago del IVA que ha levantado las críticas de algunos juristas, ya que garantiza el cobro de las sanciones por parte de Hacienda con independencia de la persona física o jurídica que cometa la infracción detectada. Para conseguirlo, se extiende la responsabilidad a todas las etapas de la actividad productiva y a buena parte de los sujetos que hayan podido intervernir en ella.
El propio José Manuel de Bunes no ha dudado en reconocer el carácter excepcional de una norma que se basa en un encadenamiento de presunciones. Según este supuesto de responsabilidad subsidiaria, el adquirente de un bien comprado a un precio sospechoso, por ser claramente inferior al de mercado y que, por esto mismo, permite presuponer que el transmitente no va a declarar y a ingresar el IVA que le repercute al comprador, no habría actuado de forma suficientemente diligente frente a la administración tributaria al participar en esa operación. Algo que Hacienda tendrá más en cuenta si se trata de empresarios de ese mercado, para los que no puede pasar desapercibido que los precios que se le ofrecen son inferiores a los que se manejan en el sector.
Hacienda está dispuesta a luchar contra quienes, con la apariencia jurídica de buena fe, obtienen un NIF a partir de datos falsos, presentan declaraciones que no ingresan y tras participar en la transmisión de un bien, obtienen devoluciones indebidas, desapareciendo inmediatamente.
Tanto la responsabilidad subsidiaria como la revocación del NIF a estos últimos “son medidas absolutamente excepcionales, que no están pensadas para el tráfico normal, sino exclusivamente para esas tramas organizadas, y tienen una finalidad más de prevención que de aplicación”, subrayó José Manuel de Bunes. “Lo que pretende, en realidad, es que haya cautela a la hora de adquirir bienes, para evitar que quien los transmita no sea más que alguien puramente ficticio que interviene en el mercado con el exclusivo fin de obtener devoluciones de cuotas que no ingresa”.
Ante el quebranto que esta modalidad de fraude está provocando en las Haciendas públicas europeas, la presidencia de la Unión, que desde principio de año ha asumido Alemania, se ha marcado como objetivo fiscal primordial establecer medidas para atajar este problema.

Vehículos y embarcaciones

La reciente Ley contiene también mecanismos para combatir el fraude en la importación y matriculación de vehículos de gama alta, otra de las actividades que atraen a las tramas organizadas. Se exigirá un visado previo para comprobar si el valor declarado se corresponde con el del vehículo que se pretende matricular. También se va a controlar si las embarcaciones de recreo que se matriculan para alquiler se utilizan con este fin y no son en realidad para uso privado de quien, con esta añagaza, obtiene un trato fiscal más favorable.
Otra de las grandes preocupaciones son los fraudes que se cometen en el sector inmobiliario, aprovechando la falta de información de la Agencia Tributaria sobre las transacciones que se realizan en este mercado. Para reforzar ese conocimiento, se va a exigir que en la compraventa de inmuebles o en la transmisión de derechos reales en escritura pública, se refleje la descripción exacta de los medios de pago utilizados, así como la identificación de los intervinientes, haciendo constar el NIF de todos ellos.

La referencia catastral, para todo

Además, la nueva Ley fuerza a incluir la referencia catastral en cualquier actividad económica que afecte a un inmueble y no sólo en escrituras de compraventa o en contratos de alquiler, sino incluso en un contrato para el suministro de gas o de energía eléctrica.
La nueva norma recoge también medidas que afectan a las llamadas ‘operaciones vinculadas’ que se dan en el tráfico internacional, tratando de evitar que puedan vaciarse las bases imponibles transfiriendo los beneficios fuera del país a través de sobreprecios pagados a las filiales. La empresa deberá tener a disposición de la administración tributaria los documentos que justifiquen esa valoración.
Las compañías filiales van a estar mucho más controladas, ya que la nueva norma extiende a las matrices las responsabilidades subsidiarias, cuando resulte acreditado que han creado estas sociedades dependientes de forma abusiva o fraudulenta con el fin de eludir la responsabilidad patrimonial de la matriz.
La ofensiva es mucho más amplia, ya que la nueva norma indica que el adquirente de una empresa asume no sólo la deuda fiscal de la compañía comprada, como ocurría hasta ahora, sino también las sanciones anejas. La Agencia Tributaria también reclamará el pago de las multas a las personas físicas y jurídicas que sean causantes o colaboren activamente en la realización de una infracción fiscal, así como a las que, por culpa o negligencia, incumplan las órdenes de embargo.
Aunque son muchas las disposiciones recogidas en esta iniciativa legal, están lejos de agotar las medidas disuasorias con que se pretende combatir el fraude fiscal. Como advierte el Director General de Tributos, “quedan en la recámara otras posibilidades de actuación en materia de prevención del fraude que podrían incorporarse en otra ley”, aunque eso no ocurrirá, matiza, en esta legislatura.

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