Autónomos. Prestación extraordinaria y exoneración temporal de cuotas a la Seguridad Social
Un total de 12.043 autónomos de Cantabria percibieron el viernes 17 de abril la prestación extraordinaria por cese de actividad puesta en marcha por el Gobierno de España ante la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19.
En la Comunidad Autónoma, 13.911 autónomos han presentado la solicitud para esta prestación, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, y de ellas 12.043 ya han sido resueltas favorablemente y se abonarán hoy.
La delegada del Gobierno en Cantabria, Ainoa Quiñones, ha recordado que tiene acceso a ella cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.
Ha explicado que la ayuda se irá ampliando hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma y ha destacado que se trata de una medida que “busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de sus negocios”.
“Por primera vez en nuestro país, los autónomos tienen reconocida una prestación por cese de actividad, una medida de importante calado que demuestra el compromiso de este Gobierno y que se completa con la exención del abono de la cuota de la Seguridad Social”, ha ensalzado la delegada del Gobierno.
Quiñones ha añadido que esta medida aprobada en el Real Decreto-Ley 8/202, de 17 de marzo, “es una de las muchas puestas en marcha por el Gobierno de España para hacer frente a la crisis del coronavirus” y que abarcan a todos los sectores económicos y sociales con “el único objetivo de que nadie se quede atrás”.
Más de un millón de solicitudes en toda España
A fecha 15 de abril, 1.016.670 trabajadores por cuenta propia de toda España han solicitado esta prestación extraordinaria a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
Se han aprobado el 97,3% de las solicitudes tramitadas y hoy cobrarán esta prestación más de 919.000 autónomos de todo el país. La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.
Para solicitarla no se exige periodo mínimo de cotización, sólo es necesario estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales.
Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo, orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.