La reapertura de la hostelería en Fase 2: un 60% en Valencia, 50% en Alicante y un 60-75% en Castellón

VALENCIA, 29

Los restaurantes y bares en la Comunidad Valenciana podrán reabrir sus puertas al interior, aunque con restricciones de aforo, a partir del próximo lunes, 1 de junio, con el pase a Fase 2 de desescalada. Sin embargo, no todos podrán hacerlo desde el primer día.

Según la Confederación Empresarial de Hostelería y Turismo de la Comunitat (CONHOSTUR), las previsiones apuntan que, en un primer momento, la mitad de los locales abrirá en la provincia de Alicante, cifra que se eleva al 60% –aunque espera subir al 80% el fin de semana–, mientras en la provincia de Castellón volverán a la actividad entre un 60% y un 75% de los establecimientos, en función de su ubicación.

Para la hostelería, la fase 2 supone la apertura ya del interior de los establecimientos. Desde el sector esperan que sea ya a un aforo del 50% en la Comunitat Valenciana «para que sea viable para muchos locales poder abrir».

En todo caso, desde la Federación Empresarial de Hostelería de Valencia (FEHV) consideran «muy buena señal que se den las condiciones sanitarias óptimas para seguir avanzando en el plan de desescalada y supone un gran avance para todos».

Es importante también demandar que se pueda retomar ya la movilidad entre provincias, necesaria para el sector del alojamiento», reclama la organización en un comunicado.

La FEHV insta a la «responsabilidad y cumplimiento de la normativa». «Teniendo en cuenta lo que hemos mantenido hasta el momento, es un momento clave y la sociedad no puede permitirse un paso atrás», advierte.

«Desde la FEHV pedimos a todo el sector un alto compromiso en la responsabilidad, así como colaboración a la ciudadanía para el cumplimiento de las medidas de seguridad», concluyen.

CONDICIONES DE APERTURA PARA LA FASE 2

La entrada a Fase 2 supone la reapertura de locales de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere un 40% de su aforo y se cumplan una serie de condiciones.

Entre los requisitos figuran que el consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

Se permite el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar. Se podrán ofrecer productos de libre servicio, ya sean frescos o elaborados con anticipación, para libre disposición de los clientes siempre que sea asistido con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis debidamente preservadas del contacto con el ambiente.

Deberá asegurarse el mantenimiento de la distancia física de dos metros entre mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.

La prestación del servicio en las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración se realizará conforme a lo previsto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo: 50% de mesas y 2 metros de separación de distancia de seguridad entre mesas.

Las medidas de higiene y prevención incluyen la limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro. Asimismo, se deberá proceder a la limpieza y desinfección del local al menos una vez al día.

Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. Se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local y a la salida de los baños, que deberán estar siempre en condiciones de uso.

Se evitará el empleo de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.

Los elementos auxiliares del servicio, como vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.

Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras o similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.

Se establecerá un itinerario para evitar aglomeraciones en determinadas zonas y prevenir el contacto entre clientes. El uso de los aseos tendrá ocupación máxima de una persona, salvo en supuestos de personas que puedan precisar asistencia. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos.

El personal que realice el servicio en mesa deberá garantizar la distancia de seguridad con el cliente y aplicar los procedimientos de higiene y prevención necesarios para evitar el riesgo de contagio.

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Source: Europapress

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