Legálitas recoge las preocupaciones legales en un año de pandemia

/COMUNICAE/

Entrar en un ERTE, no poder pagar la hipoteca, reclamar el coste de un viaje contratado, una compra online que no llega, el inquilino que no paga o el convenio regulador de visitas fueron alguna de las consultas más demandadas desde el pasado 14 de marzo de 2020

Un año después de la aparición de la pandemia y de que el Gobierno decretase el estado de alarma que provocó el confinamiento de los españoles, las vidas de los ciudadanos y sus hábitos de consumo han cambiado notablemente, debiendo afrontar situaciones adversas provocadas por la incertidumbre y los continuos cambios normativos promulgados por las autoridades.

Según constata el Observatorio Jurídico de Legálitas, la tipología de las consultas realizadas en todo este año a los abogados ha tenido importantes variaciones con respeto a otros anteriores, aumentando las casuísticas relacionadas con materia Laboral, que aumentaron un 36,9% respecto al año anterior, motivadas por la irrupción de los ERTE y sus consecuencias, así como todo lo que tuvo que ver con los derechos de los trabajadores (conciliación, reducciones de jornada, teletrabajo, ingreso mínimo vital, etc.); Administrativo, que lo hizo en un 6,50%, en base a consultas relacionadas con extranjería, solicitud de ayudas y a todo tipo de dudas preventivas sobre qué se podía hacer en cada fase y territorio; e Inmueble, que subió un 4,19%, motivado por los problemas relacionados con los contratos de alquiler y las comunidades de vecinos.

A pesar de todos estos registros, Consumo ha sido la materia más demandada en este periodo, provocando que una de cada cinco consultas recibidas en Legálitas estuviera relacionada con la imposibilidad de pagar una hipoteca, recuperar el coste de las reservas de viajes, problemas con las compras realizadas, los servicios contratados (agua, luz, gas, telefonía e internet) e, incluso, la entrada en ficheros de morosos que, ese año, experimentó un pequeño crecimiento.

A modo de ejemplo, estas han sido las consultas más repetidas en este periodo de pandemia:

Se está en un ERTE, pero no pagan. ¿Cómo reclamar?
El colapso de la Administración fue el causante de un gran volumen de consultas a los abogados. La tramitación masiva que tuvo que afrontar el SEPE mantuvo en tensión a miles de trabajadores a los que se les indicó identificar a través de la web del SEPE cuál era la incidencia registrada para, además de notificarla en la propia aplicación, solicitar cita previa en la oficina de empleo y proceder al inicio de una reclamación por escrito.

No se puede pagar la hipoteca, ¿qué solución hay?
La moratoria hipotecaria, que se puede solicitar hasta el próximo 30 de marzo de 2021, supuso un balón de oxígeno durante el año para muchas personas que no pudieron hacer frente a sus pagos por la adquisición de una vivienda o local comercial, puesto que, en caso de cumplir con los requisitos exigidos, la entidad bancaria que concedió la hipoteca no exigirá el pago de la cuota durante un periodo máximo de nueve meses.

La gran cantidad de consultas recibidas demandaron información al respecto y mayor conocimiento de todos los detalles para, una vez asesorados, poder dirigirse a su banco y realizar correctamente su solicitud, aportando todos los documentos exigidos.

Todos aquellos que no cumplen los requisitos del Real Decreto, tienen todavía la oportunidad hasta el 30 de marzo de 2021, para solicitar la moratoria sectorial, como alternativa propuesta por la Asociación Española de la Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA).

¿Cómo reclamar el dinero de un viaje contratado?
Durante los primeros meses de pandemia las consultas se dispararon en relación con las políticas de viajes, cancelaciones y cambios. El concepto de “fuerza mayor” tomó protagonismo con la declaración del estado de alarma y fue argumento esgrimido para solicitar la devolución de los importes abonados previamente por las reservas.

No en vano, se gestionaron multitud de reclamaciones a compañías, más o menos reticentes, para que devolviesen las cantidades adelantadas o instrumentasen otro tipo de compensaciones de manera acordada con sus clientes.

Jurídicamente, para los viajes combinados que fueron contratados con posterioridad al 11 de junio de 2020, se estableció una modificación transcendental en la que la cancelación conlleva que el consumidor o usuario tenga el derecho a elegir: o acepta el bono que le proponga la agencia de viajes o solicita el reintegro del coste del viaje sin tener que esperar al transcurso del año.

¿Se pueden modificar las medidas acordadas en el convenio regulador de un hijo?
Muchas dinámicas familiares se vieron alteradas durante el año, especialmente las de padres divorciados o separados con hijos en común. Por este motivo, existió durante un tiempo el llamado “procedimiento exprés” que facilitó los trámites para modificar un régimen de visitas, las estancias de los hijos con los progenitores o cambiar la pensión de alimentos cuyo pago se ha podido ver afectado por la actual situación económica delicada para muchas familias.

En todo el año, los abogados debieron asesorar además sobre cuestiones tan dispares como las discrepancias entre progenitores a la hora de llevar físicamente a los hijos al colegio o las reticencias de algún progenitor para facilitar el cumplimiento de visitas o custodias compartidas.

El inquilino no paga, ¿qué se puede hacer?
En relación con alquileres de viviendas, la principal consulta expuesta por los arrendadores trató sobre el impago de la renta y el desahucio; mientras que, por parte de los inquilinos, la posibilidad de prórroga del contrato que finalizaba o la forma de dilatar el lanzamiento de la vivienda arrendada cuando reciben la demanda judicial.

En estos casos, desde Legálitas siempre aconsejamos que arrendador e inquilino puedan llegar a pactar y reflejar su nuevo acuerdo en un documento, normalmente por un periodo de seis meses. A no ser que se quiera poner en marcha un procedimiento de desahucio mediante la presentación de la demanda o, directamente, que el asunto ya estuviese judicializado, en cuyo caso al inquilino no le queda otra que intentar demostrar al juzgado que es persona económicamente vulnerable (si realmente lo fuera), para que se dilate el lanzamiento, tras haber obtenido un informe por parte de los servicios sociales.

Compras a distancia. ¿Cómo y dónde reclamar una compra que no llega?
Las compras online crecieron a la par que las reclamaciones relacionadas durante el periodo de confinamiento: pedidos que no llegan, artículos dañados, cobros incorrectos, etc.

Reclamar una incidencia dependerá de dónde se haya realizado la compra: en empresas ubicadas en España, en la Unión Europea o en cualquier otra parte del mundo. El cualquier caso, previa notificación fehaciente, el vendedor deberá ofrecer una solución al cliente en caso de que el artículo no llegase en el plazo indicado o si fuese por falta de disponibilidad, para que este decida si esperar o recuperar el importe abonado. Si no fuese así, transcurrido un mes, deberá dirigirse a las Juntas Arbitrales de Consumo o al Centro Europeo del Consumidor en caso de ser una empresa con sede en la UE. En caso de desacuerdo extrajudicial, siempre quedará la posibilidad de presentar una demanda judicial.

Fuente Comunicae

Source: Comunicae

Suscríbete a Cantabria Económica
Ver más

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Botón volver arriba
Escucha ahora