El Consejo de Ministros aprueba la prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre
Las exenciones alcanzan hasta del 100% por impedimento de la actividad, hasta el 85% por limitación y hasta el 95% en sectores ultraprotegidos
El Consejo de Ministros, reunido con carácter extraordinario, ha aprobado este jueves el Real Decreto-ley que prorroga los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre y con el que se pretende fomentar la vuelta a la actividad de los trabajadores que aún siguen con su relación laboral suspendida, proteger a aquellos que todavía no pueden salir del ERTE y ayudar a las empresas a sostener sus plantillas mediante rebajas en sus cotizaciones.
De hecho, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha destacado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros el «esfuerzo financiero tan grande» que está haciendo el Gobierno para mantener este esquema de protección. Sumando los ERTE y las prestaciones de autónomos, los recursos que se han empleado para ello han superado los 19.000 millones de euros, a los que hay que añadir los 2.000 millones de euros que costará esta nueva prórroga de cuatro meses de ambas medidas.
Escrivá ha negado la intervención del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para conseguir el acuerdo con los agentes sociales que da continuidad a los ERTE y ha explicado que él mismo ajustó la propuesta con la CEOE y, una vez «desatascado el punto de conflicto», el texto se llevó a la mesa de diálogo social tripartita y se cerró el acuerdo.
«Es el quinto acuerdo; eso de que ha estado a punto de descarrilar lo he oído ya en las cuatro veces anteriores (…) No nos ha sorprendido nada esta secuencia temporal para el acuerdo y no he recibido ninguna indicación del presidente del Gobierno», ha asegurado el ministro.
La extensión de los ERTE hasta el 30 de septiembre, fruto del acuerdo alcanzado entre el Ejecutivo y los agentes sociales, mantiene básicamente el mismo esquema de protección a empresas y trabajadores vigente hasta el 31 de mayo, aunque con cambios en las bonificaciones de cuotas que pagan las empresas a la Seguridad Social, que ahora irán desde el 60% al 100%, concentrándose las más altas en la reincorporación de trabajadores a la actividad.
La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha avanzado que también se ha aprobado la prórroga del Plan Me cuida, que permite a los trabajadores adaptar la jornada, al tiempo que se han extendido todas las medidas de protección social para los trabajadores de la cultura.
El esquema de los ERTE que estará en vigor hasta el 30 de septiembre mantendrá las tres modalidades actuales: los destinados a los sectores ultraprotegidos y a las empresas vinculadas a su cadena de valor; los ERTE de impedimento de la actividad, y los ERTE de limitación, los dos últimos pensados para restricciones administrativas temporales adoptadas como medida de freno a los contagios de Covid (reducción de aforos o prohibición de apertura, por ejemplo).
En los ERTE de sectores ultraprotegidos y su cadena de valor de empresas con menos de 50 trabajadores las exenciones a la Seguridad Social serán del 95% si los trabajadores se quedan en el ERTE durante todo el periodo de vigencia del acuerdo (junio, julio, agosto y septiembre). En el caso de las empresas con más de 50 trabajadores, el porcentaje de exención será del 85%.
Para los trabajadores que se queden en el ERTE, es decir, cuya relación laboral permanezca suspendida, las exenciones, en el caso de empresas de sectores ultraprotegidos de menos de 50 trabajadores, serán del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre. Si tienen más de 50 trabajadores en plantilla, serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.
En la lista de actividades ultraprotegidas se incluyen tres nuevos sectores (confección de otras prendas de vestir y accesorios; comercio al por mayor de café, té, cacao y especias, y actividades de fotografía), y salen cinco: artes gráficas y servicios relacionados con las mismas; fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico; comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados; transporte espacial, y alquiler de medios de navegación.
El Ministerio ha explicado que se han incluido en este listado aquellas empresas cuya CNAE entre finales de abril de 2020 y finales de mayo han recuperado la actividad en un porcentaje inferior al 75% y tienen un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.
ERTE DE LIMITACIÓN Y DE IMPEDIMENTO
En el caso de los ERTE de limitación de actividad, las exoneraciones empresariales a la Seguridad Social serán del 85% en junio y julio y del 75% en agosto y septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadores. Si tiene más, serán del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre.
Para los ERTE de impedimento, las exoneraciones serán del 100% en las empresas de menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 o más trabajadores en plantilla.
Actualmente hay alrededor de 550.000 trabajadores en situación de ERTE. De esta cantidad, unos 137.000 se encuentran en ERTE por limitación y cerca de 16.300 en ERTE por impedimento. El resto se encuadran en alguno de los sectores ultraprotegidos o vinculados a ellos. El ministro de Inclusión ha detallado que desde finales de enero se han incorporado a la actividad 450.000 trabajadores que estaban en ERTE.
SE MANTIENE LA CLÁUSULA DE SALVAGUARDA DEL EMPLEO
Asimismo, la prórroga de los ERTE mantendrá el compromiso de mantenimiento del empleo, que empezará a contar por otros seis meses, así como la prohibición a las empresas que hagan ERTE de despedir, interrumpir contratos temporales, repartir dividendos y realizar horas extraordinarias y externalizar actividad.
Los trabajadores afectados por ERTE seguirán teniendo acceso a la prestación sin periodo de carencia, no les computará el periodo consumido hasta enero de 2022 y la prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora, como hasta ahora.
Para el colectivo de fijos discontinuos y aquellas personas que realizan trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, la norma establece la obligación de que las empresas procedan a su incorporación efectiva durante los períodos teóricos de llamamiento de los trabajadores.
En caso de que no puedan desarrollar su actividad en esos periodos, se dispone su afectación por los ERTE vigentes a fecha de entrada en vigor de la nueva prórroga o autorizados con posterioridad. «No cabe nunca la posibilidad de que dejemos a estos trabajadores sin protección», ha subrayado.
Por su parte, los profesionales de las artes en espectáculos públicos que tuvieran derecho al acceso extraordinario a las prestaciones económicas por desempleo podrán continuar percibiéndolas hasta el 30 de septiembre de 2021. Esta prestación será incompatible con la realización de actividades por cuenta propia o por cuenta ajena, o con la percepción de cualquier otra prestación, renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.
Tanto Díaz como Escrivá han agradecido a los agentes sociales el trabajo realizado para conseguir esta nueva prórroga y han resaltado el papel de los ERTE como «amortiguador social» y para el sostenimiento del empleo.
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Source: Europapress