El decreto de transporte y vivienda que amplía la capacidad de Renfe de endeudarse entrará en vigor mañana
El real decreto-ley de medidas urgentes en materia de transporte, movilidad y vivienda, en el que se incluye la ampliación de la capacidad de endeudamiento de Renfe hasta los 1.000 millones de euros para compensar la caída de demanda, entrará en vigor mañana tras su publicación este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El texto, aprobado ayer en el Consejo de Ministros, incluye también un crédito extraordinario de 110 millones de euros para la Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte Terrestre (Seittsa).
La norma se articula en torno a tres ejes dirigidos a proteger la salud de los trabajadores y los viajeros, garantizando la disponibilidad de bienes y servicios esenciales; proporcionar liquidez a las empresas del sector y reducir las cargas administrativas simplificando trámites y procedimientos.
El importe económico de las medidas para empresas privadas del sector del transporte, que incluyen la reducción de tasas aeroportuarias por valor de 60 millones adicionales, asciende a 663 millones de euros.
En cuanto a las empresas públicas, la norma aumenta la capacidad de endeudamiento de Renfe hasta los 1.000 millones con el fin de compensar la caída de demanda e impulsar la recuperación de servicios, lo que permitirá a la compañía retomar la ampliación de servicios en función de la demanda.
A su vez, se incluyen 110 millones de euros de aportación extraordinaria a Seittsa para que pueda atender sus compromisos de obras públicas en el medio plazo. Esta sociedad estatal, como medio propio de la Administración, gestiona una serie de obras ferroviarias y de carreteras. Este crédito no tiene que ver con la gestión de las autopistas radiales.
Todas estas medidas, por un importe de unos 1.770 millones, complementan otras adoptadas previamente, como los 800 millones destinados al transporte público en las comunidades autónomas y los avales y ayudas fiscales al sector.
TRANSPORTE POR CARRETERA
En cuanto al transporte por carretera, se posibilita una moratoria en el pago del principal de las cuotas de los contratos de préstamos, leasing y renting de vehículos dedicados al transporte público discrecional de viajeros en autobús y al transporte público de mercancías de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, en aquellos casos en que experimenten dificultades financieras como consecuencia de la emergencia sanitaria.
Esta medida permitiría un aplazamiento de hasta 250 millones de euros para el transporte discrecional de viajeros y de hasta 330 millones de euros en el caso del transporte de mercancías.
El decreto plantea también un procedimiento de reequilibrio con una línea de 14 millones para compensar la reducción de ingresos y el coste añadido de carácter sanitario, como desinfección de vehículos y la adaptación de los mismos. También se plantea en el ámbito concesional a la obra pública y autopistas, si bien todo sometido a lo relacionado con las pérdidas.
PRÓRROGAS EN LAS ITV
En el ámbito administrativo se validan los visados caducados por un año más hasta la plena normalización en 2023 para evitar el colapso en la gestión administrativa. También se abre la posibilidad de que en los visados con problemas en tramitación se vuelva al principio para ser tramitados convenientemente, y se recoge el alargamiento de la vida de ambulancias que tienen un periodo válido para ejercer.
Otra de las medidas adoptadas en el decreto es la prórroga por 3 meses de la validez de los certificados de inspección técnica de los vehículos (ITV) cuya fecha de inspección esté comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020, plazo que se contará desde la fecha de vencimiento del certificado.
Mientras esté vigente esta prórroga, las empresas de transporte público de mercancías y de viajeros titulares de una licencia comunitaria tendrán preferencia en el paso por la inspección técnica periódica en las estaciones ITV.
TRANSPORTE AÉREO
Respecto al transporte aéreo, con la norma se hacen obligatorias en España las recomendaciones de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) para la seguridad de pasajeros y tripulaciones de vuelo en el ámbito del Covid-19.
Asimismo, incorpora medidas orientadas a facilitar la recuperación gradual y segura del sector, unos de los más afectados por la pandemia, como la flexibilización del arrendamiento de aeronaves, con o sin tripulación, para la extinción de incendios, búsqueda y salvamento; y la adaptación del concepto de aeronaves no tripuladas (drones) al de la normativa de la Unión Europea.
TRANSPORTE MARÍTIMO
La nueva norma incluye medidas excepcionales y transitorias relativas, entre otras, a las tasas de ocupación, actividad y del buque, dirigidas a aliviar las dificultades económico-financieras que atraviesan tanto la comunidad portuaria como los navieros, para contribuir al sostenimiento del tejido empresarial que sustenta al sector portuario.
En el ámbito marítimo, se flexibiliza la normativa a fin de agilizar los trámites de emisión y renovación de certificados, mejorando su eficiencia y en apoyo a la competitividad de los buques de bandera española.
Además, se permite a las autoridades portuarias ampliar temporalmente la reducción de las cuotas de las tasas portuarias y de ocupación y se alarga el periodo para reducir la tasa de buque hasta el máximo permitido por la normativa europea. Por otra parte, se impide que se pueda producir una subida de tasas por aumento de los coeficientes correctores en los casos de autoridades portuarias con rentabilidades negativas en 2020.
Igualmente, los tráficos regulares de pasaje o carga rodada con los territorios no peninsulares se podrán calificar como tráficos sensibles, prioritarios o estratégicos, que contribuyen al desarrollo económico y social de España en su conjunto.
VIVIENDA
Por su parte, el real decreto-ley recoge también un conjunto de medidas económicas y sociales en el ámbito de la vivienda. Así, con el objeto de optimizar la eficiencia de los fondos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que actualmente obran en poder de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, se flexibilizan las condiciones, incrementando de forma efectiva la inversión en 2020 y 2021 y permitiendo a estas administraciones territoriales redirigir la financiación y las ayudas donde sea más necesario.
Asimismo, el decreto mejora las condiciones de licitación del suelo público que SEPES pone a disposición de empresas privadas para la construcción y gestión de viviendas de alquiler social por un periodo máximo de 75 años. De esta forma, el canon que estas empresas pagan cuando se adjudican la licitación pueda llegar a ser cero.
Source: Europapress