Mediadores de Seguros aconseja hacer fotos y guardar las facturas para reclamar los daños ocasionados



Ofrece recomendaciones para agilizar el cobro de indemnizaciones por el apagón, pero advierte de que limitaciones por la fuerza mayor

El Consejo General de Mediadores de Seguros ha ofrecido mediante un comunicado, con motivo del apagón del suministro eléctrico que ha afectado a toda España, diversas recomendaciones para acelerar la reclamación de indemnizaciones, entre las que se encuentran tener en cuenta los plazos o aportar pruebas del daño, como fotografías o facturas.

Según la organización, se considera corte de luz indemnizable cuando no exista suministro eléctrico durante más de tres minutos y no se trate de un apagón programado para realizar trabajos de mantenimiento en la red.

Igualmente, los mediadores han explicado que se considera como daño eléctrico cualquier desperfecto que esté relacionado con un problema en el suministro de electricidad.

RECOMENDACIONES PARA RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN

En lo relativo a sus recomendaciones, la corporación ha señalado que solo hay posibilidad de reclamar en el caso de que se cuente con un seguro con una póliza de protección frente al daño y se esté al día en el pago de las cuotas.

«Sin un seguro, no se puede hacer ninguna reclamación, ni a la aseguradora ni al Consorcio de Compensación de Seguros que asume las indemnizaciones en caso de daños extraordinarios. Además, el seguro debe estar en vigor como mínimo una semana antes del siniestro.

Otra sugerencia de la organización es tener en cuenta los plazos, puesto que el tomador del seguro debe comunicar lo sucedido a su aseguradora en un plazo de siete días para que su mediador traslade el siniestro a la compañía. Asimismo, los usuarios deben documentar bien los daños materiales, debido a que la compañía enviará un perito para valorar las pérdidas.

En ese sentido, el Consejo General de Mediadores ha indicado que, para facilitar el examen de los peritos, no hay que tirar nada y es «conveniente» fotografiarlo todo y conservar los restos de los bienes dañados.

En el caso de que se deba afrontar alguna reparación de urgencia, la organización ha apuntado que hay que guardar las facturas para poder reclamar después el importe.

De acuerdo con los mediadores de seguros, también hay que recopilar pruebas para poder demostrar el origen y consecuencias del daño, como fotografías, noticias, partes de la policía, protección civil o bomberos.

Por otro lado, han advertido de que, en el caso de no ser considerado riesgo extraordinario, el Consorcio de Compensación de Seguros no se hará cargo de las pérdidas y, en ese caso, la indemnización recaerá en la compañía de seguros.

«Algunas situaciones extraordinarias pueden estar cubiertas por el seguro de hogar, el de la comunidad o del vehículo», ha expresado el Consejo General de Mediadores de Seguros.

Si el apagón total que se ha producido en la Península fuera considerado como catastrófico, los mediadores han aclarado que incluso podría entrar a indemnizar el Consorcio de Compensación de Seguros, «siempre y cuando el usuario tenga una póliza de seguros en vigor».

DOS VÍAS DE RECLAMACIÓN

Según recuerda el Consejo General de Colegios de Mediadores de Seguros, el usuario tiene dos vías de indemnización y reclamación. Por un lado, al suministrador eléctrico, hasta un máximo del 10% del importe de la factura anual.

«Aunque las compañías eléctricas están obligadas por ley a mantener la calidad del servicio y son responsables de los daños ocasionados por fallos en el suministro, están exoneradas de responsabilidad si el origen de la falta de electricidad es debido a fuerza mayor no imputable al proveedor», ha manifestado la organización.

A su vez, ha afirmado que la póliza de seguro Multirriesgo de Hogar suele contar con la cobertura de daños eléctricos, con la cual se cubre tanto la sustitución o reparación de desperfectos causados en los electrodomésticos por cambios en la tensión de los aparatos, como los daños causados a los alimentos o medicamentos por falta de temperatura adecuada u otra posible consecuencia derivada de la perdida de suministro eléctrico.

«Si la póliza contratada tiene esta cobertura, el primer paso a seguir es contactar con el mediador de seguros y, en su defecto, con la compañía aseguradora», ha revelado la corporación.

Además de los hogares, el Consejo General de Mediadores de Seguros ha asegurado que los sectores industriales y la hostelería son las actividades más afectadas.

En estos casos, los mediadores han sostenido que, además de la póliza de hogar, «puede entrar en juego» el seguro de interrupción de negocios, que ofrece una cobertura que garantiza la continuidad de un negocio como consecuencia de un daño material.

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Source: Europapress

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