Ouigo España se ve como «parte interesada» en cualquier segmento que afecte al mercado de la alta velocidad
Ouigo España ha reafirmado que es un operador de alta velocidad y que es «parte interesada» en cualquier segmento que afecte a este mercado, en el marco del debate de la próxima liberalización de los servicios ferroviarios de transporte de viajeros sujetos a obligaciones de servicio público, como Cercanías, Media Distancia y Avant.
«Somos un operador de alta velocidad y por tanto somos parte interesada en cualquier segmento que afecta a este mercado», han señalado fuentes de la compañía a Europa Press.
Ouigo aspira «a ser operador de red y dar servicio a cada vez más españoles», a la par que recuerda que en 2024 pasó de 7 a 15 destinos, contribuyendo cada vez en mayor medida a «vertebrar el país».
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha valorado positivamente, que «por fin» vaya a aprobarse la orden ministerial que permitirá la puesta en marcha de la liberalización de los servicios ferroviarios de transporte de viajeros sujetos a obligaciones de servicio público.
El contrato firmado entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y Renfe Viajeros prevé la licitación competitiva de al menos un 3% del valor del contrato, con tiempo suficiente para que los servicios se empiecen a prestar por el adjudicatario el 1 de enero de 2026.
En este contexto, Competencia dice que esta primera licitación es una oportunidad para comprobar el interés de las empresas ferroviarias en prestar los servicios públicos y ganar experiencia en el diseño de las licitaciones, ya que se trata de procesos complejos.
PROCESO «PAULATINO»
La CNMC recomienda liberalizar los servicios públicos «progresivamente», pues la licitación simultánea de todos ellos puede poner en riesgo el éxito del proceso, al tiempo que dice que debería publicarse, «a la mayor brevedad posible», un calendario para dar transparencia al sector sobre el ritmo de la liberalización.
El proyecto de Orden regula la licitación competitiva de los servicios públicos competencia de la Administración General del Estado.
Sin embargo, el Reglamento 1370/2007, que establece la licitación obligatoria de los servicios públicos, salvo excepciones tasadas, resulta de aplicación también a las autoridades autonómicas.
La CNMC considera que deberían adoptarse las medidas necesarias para que la regla general sea licitar los servicios (no adjudicarlos de forma directa) y garantizar que las condiciones sean homogéneas y competitivas en todos los procesos.
Cuando las administraciones pretendan adjudicar de forma directa la prestación de un servicio público, la CNMC será la encargada de evaluar si la decisión está justificada de acuerdo con las Directrices de la Comisión Europea.
Además, la CNMC recomienda que se sometan a su consulta los pliegos de los concursos públicos. Estos deben contener toda la información necesaria para que las empresas participantes puedan presentar su oferta, neutralizando la ventaja competitiva del operador establecido.
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Source: Europapress