Sumar pide declarar abusivos recargos por extras imprescindibles como sillas infantiles al alquilar coches



Sumar ha registrado una reforma legal en el Congreso con la que pide que se considere cláusula abusiva cada recargo que las empresas cobran por extras imprescindibles, como puede ser una silla infantil o un elevador al alquilar un coche.

Mediante una enmienda al proyecto de ley por la que se regulan los servicios de atención a la clientela, el grupo plurinacional plantea una reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios con este propósito.

Así, se propone que sean cláusulas abusivas los incrementos de precios, o aplicación de recargos adicionales, por servicios accesorios al servicio principal que vengan impuestos por la normativa vigente para la utilización o aprovechamiento del servicio principal, cuando el servicio accesorio obligatorio no pueda satisfacerse de forma autónoma, de forma razonable, por el consumidor o usuario.

«Estos recargos generan una importante interlocución con los servicios de atención a la clientela, derivada de las solicitudes de información sobre el recargo, así como las quejas y reclamaciones al efecto», argumenta Sumar en la enmienda a la que ha accedido Europa Press.

LA INFORMACIÓN DE ATENCIÓN A LOS CLIENTES, AL REGISTRO MERCANTIL

Por otro lado, Sumar ha presentado una enmienda con la que propone que las empresas pongan en conocimiento del Registro Mercantil, en el momento del depósito de las cuentas anuales, los medios de comunicación a disposición de la clientela y los mecanismos de resolución de controversias con consumidores a los que estén adheridos.

Asimismo, el grupo ha presentado otra enmienda para regular que cuando las personas vulnerables que formulen una queja, reclamación o incidencia de forma presencial, la empresa ponga a su disposición los medios de apoyo que necesite, así como una asistencia individualizada y personal que pueda requerir.

También plantea calificar como infracción grave de la Ley para la Defensa de los Consumidores toda actuación discriminatoria contra cualquier persona por el ejercicio de sus derechos, ya sea no atendiendo sus demandas, negándoles el acceso a los establecimientos o dispensándoles un trato o imponiéndoles unas condiciones desiguales.

Esas enmiendas ahora tienen que discutirse en la ponencia de la Comisión de Derechos Sociales y Consumo encargada de debatir la ley sobre los servicios de atención a la clientela y, si tienen mayoría, se incorporarán al articulado de la norma.

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Source: Europapress

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