Aguayo le gana la primera batalla de la implantación éolica al Gobierno regional
El juez rechaza paralizar la suspensión de licencias
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander, ha desestimado la solicitud presentada por el Gobierno de Cantabria de suspender el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo de 6 de marzo de 2024, que aprobó una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para suspender el otorgamiento de licencias en suelo rústico de especial protección, al considerar que su adopción «produciría daños medioambientalmente irreparables».
La Sala se ha pronunciado así respecto al recurso contencioso administrativo que presentó el Ejecutivo a principios de mes contra el Ayuntamiento por «invadir competencias regionales y nacionales» en materia de la instalación de parques eólicos.
Este jueves, el Consistorio ha difundido a través de las redes sociales un comunicado, firmado por el alcalde, Eduardo Gutiérrez, en el que informa que el auto fechado el 17 de junio argumenta que, además de los daños «medioamientalmente irreparables», también «carece de sentido» la pretensión del Gobierno de dejar sin efecto la suspensión de licencias acordada por el Ayuntamiento únicamente para los parques eólicos, pero no respecto al resto de suspensiones, porque supondría «una perturbación grave del interés general».
Precisamente lo que ha alegado el Ayuntamiento es que la adopción de la medida cautelar supondría «una perturbación grave de los intereses generales» al «desprotegerse los suelos rústicos de especial protección» y que la adopción de la medida resultaría contraria al principio de precaución.
El acuerdo del Pleno de suspender el otorgamiento de licencias en suelo rústico de especial protección tenía como fin estudiar la modificación del PGOU para dotar de «la debida protección» a los suelos rústicos de especial protección del municipio y preservar sus valores naturales, especialmente los ecológicos y paisajísticos, y de ese modo, «impedir que la nueva regulación del PGOU quede anticipadamente condicionada».
Ahora, el juzgado da la razón al Consistorio y entiende, asimismo, que el retraso en la ejecución de los parques eólicos «no supone originar unos perjuicios de difícil reparación», como sostenía el recurso, dado que los procedimientos administrativos se llevaban tramitando desde hace más de siete años «y no se ha acreditado cuáles son dichos perjuicios».
De este modo, la suspensión de licencias acordada por el Ayuntamiento mantiene su efecto mientras se tramita la modificación del PGOU «con la finalidad de dotar de una mejor y más eficaz protección a los suelos rústicos de especial protección en el municipio», concluye el comunicado.