Cantabria aprueba la regulación de las quemas controladas que se aplicará a partir de junio
La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha aprobado la orden por la que se regulan las quemas controladas y prescritas en la Comunidad, que se aplicará a partir del 1 de junio.
La orden, enmarcada dentro del Plan Estratégico de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Cantabria (PEPLIF), parte de la necesidad implementar un procedimiento público y transparente, que dote de una mayor seguridad jurídica a los usuarios del fuego en el medio natural y frenar la acción de los incendiarios.
Asimismo, su objetivo es alcanzar acuerdos y conciliar intereses a escala local mediante la implementación de diferentes medidas, dirigidas a minimizar los conflictos que pudieran acontecer en el uso y gestión del monte.
Dada la elevada demanda que existe actualmente del uso del fuego entre la población rural de Cantabria, esta medida establece un procedimiento para la autorización y ejecución de quemas controladas y prescritas eficaces y seguras que garanticen una ejecución acorde con los parámetros ecológicos establecidos.
La orden se ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y entrará en vigor el próximo 1 de junio para evitar disfunciones en las quemas ya solicitadas y autorizadas hasta la fecha, de tal manera que los interesados tengan tiempo suficiente para adaptarse a la presente normativa.
El consejero Guillermo Blanco ha presentado este miércoles la medida en rueda de prensa, junto al presidente de la Federación de Municipios de Cantabria (FMC), Pablo Diestro y el director general de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, Antonio Lucio, que «mejorará y modernizará» el actual sistema de prevención y lucha contra incendios forestales en Cantabria.
Blanco ha mostrado su satisfacción porque la Comunidad disponga por primera vez de una norma que otorgará seguridad jurídica a todos los que intervienen en el proceso de una quema, desde quien la solicita hasta quien la ejecuta.
«Con esta norma queremos contribuir a construir y reforzar un escenario en el que primen el acuerdo y la conciliación de intereses como herramientas fundamentales para minimizar los conflictos en el uso y gestión del monte», ha indicado el consejero, quien ha aclarado que «no se trata de una medida aislada que vaya a resolver por sí mima el problema de los incendios forestales».
Asimismo, ha recordado que se trata de una medida preventiva más de las 77 acciones que contempla el Plan Estratégico de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales para abordar el uso del fuego como herramienta de gestión del medio y práctica habitual en las regiones con ganadería extensiva.
Según Blanco, se trata de una medida en la que el Ejecutivo regional lleva trabajando «desde hace tiempo» y que ha sido objeto de un «amplio» proceso de consulta, debate y participación pública de los principales sectores implicados con representación en la Mesa de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.
En la misma línea, el presidente de la FMC ha remarcado la
importancia que tiene controlar esta actividad y ha asegurado que «va a ser utilizado por muchas entidades».
Diestro ha animado a las entidades a que hagan uso de estas herramientas para obtener un «control absoluto de cómo se debe de realizar esta actividad».
Blanco ha señalado que la Administración ofrecerá apoyo a los solicitantes, con el asesoramiento a las entidades locales, el control y seguimiento de los agentes del Medio Natural, los programas de ayuda para sufragar la elaboración de los planes de quemas y los
cursos formativos básicos sobre la materia para ganaderos.
Asimismo, ha confiado en que esta medida contribuirá de manera decidida a «acorralar» a los «terroristas ambientales» que acaban con los montes de la Comunidad.
Así, el consejero se ha mostrado convencido de que el uso del fuego controlado como herramienta de gestión es una de las vías para un abordaje integral del «problema» de los incendios.
También ha reconocido el esfuerzo y la profesionalidad del personal del Operativo de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales de la Consejería, técnicos, emisoristas, agentes del Medio Natural y cuadrillas de bomberos forestales, por proteger y conservar la biodiversidad y los ecosistemas forestales de la Comunidad.
Además, el consejero ha destacado los 42 agentes más del medio natural que se han incorporado al operativo desde el inicio de la legislatura y se han creado 5 cuadrillas más de bomberos forestales, que junto con la incorporación de personal técnico, suponen cerca de 70 nuevos efectivos para el operativo.
Según Blanco, se trata de «la mayor cobertura que haya tenido nunca el operativo en cuanto a personal en Cantabria que se ha conseguido por el acuerdo en 2016 y se ha hecho realidad en esta legislatura».
Finalmente, ha hecho un llamamiento a la colaboración ciudadana para identificar a los causantes de los incendios forestales.
QUEMAS RÚSTICAS
La orden regula las quemas autorizadas en terreno rústico, distinguiendo entre quemas de monte, que pueden ser quemas de pastizal-matorral y quemas de restos forestales, y quemas rurales.
En el caso de las quemas rurales, su ejecución requerirá de la presentación por parte del interesado de una declaración responsable o de la obtención de una autorización administrativa específica, cumpliendo los condicionantes y requerimientos establecidos al afecto por esta orden.
Las quemas rurales que se ejecuten a una distancia menor o igual a 100 metros lineales de terreno de monte requerirán de la presentación, por parte del interesado, de una declaración responsable ante la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, acompañada de un informe de viabilidad favorable realizado por un Agente del Medio Natural.
En el caso de quemas en terreno rústico que se ejecuten a una distancia superior a 100 metros lineales de terreno de monte también exigirá de una declaración responsable, pero no será necesario la obtención del informe de viabilidad para realizar la quema.
QUEMAS EN MONTE
Con el objetivo de discernir la complejidad de la quema en zona de monte, la Consejería de Medio Ambiente distingue con esta orden entre quemas simplificadas, que son aquellas que presentan un grado de complejidad bajo y podrán ser ejecutadas por el interesado con sus propios medios, y las quemas estándar, que se corresponden con quemas de mayor grado de complejidad, cuya ejecución requiere de una planificación y gestión más detallada, además de la participación en su ejecución de equipos profesionales.
En el caso de las quemas simplificadas, el interesado debe especificar en su solicitud la persona que asume la responsabilidad de la quema y los participantes en la misma, pudiendo solicitar la quema tanto el propietario del monte como los ganaderos con derecho a pastos en el mismo, siempre y cuando cuenten con la conformidad del propietario de los terrenos.
La persona responsable de la quema deberá tener unos conocimientos comportamiento del fuego y las medidas de seguridad, y habrá de estar acreditado por haber recibido una formación básica impartida por la Administración regional o formadores autorizados.
Por su parte, las quemas estándar, como quemas de gran extensión en zonas de gran extensión, en zonas con riesgo de continuidad a masas forestales o próximas a infraestructuras o lugares habitados, deben ser dirigidas por profesionales con titulación forestal universitaria y realizadas conforme a un plan de quema que habrá de presentar el interesado en realizarla.