El ganadero recurre la sentencia que absolvió a la ‘tiktoker’ y a la mujer que adoptó el mastín
El ganadero de la localidad cántabra de Asón (Soba) que denunció a una ‘tiktoker’ por llevarse un mastín suyo va a recurrir la sentencia que absolvió a esta joven y a la mujer que adoptó el perro de un delito de apropiación indebida.
El denuciante apelará así ante la Audiencia Provincial de Cantabria el fallo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Laredo, que consideró que la creadora de contenido en la red social Tik Tok que recogió al animal en una carretera del municipio, lo llevó al veterinario y lo dio en adopción no es autora del citado ilícito, ni tampoco la nueva dueña del can.
La magistrada entendía que no se daban los requisitos necesarios para condenar a ambas por apropiación indebida, tal y como mantenía la acusación particular que ejercía el hombre, que asegura ser el propietario del mastín, de nombre ‘Chulo’, y que según ha podido saber esta agencia por fuentes jurídicas va a recurrir la absolución.
La jueza no encontró en ninguna de las dos mujeres denunciadas y luego absueltas ánimo de lucro, ni una conducta tendente a incorporar a su patrimonio al perro.
Según los hechos probados de la sentencia, tuvieron lugar el pasado mes de diciembre cuando la ‘tiktoker’ circulaba por una carretera en Soba y se encontró con el cachorro, que le empezó a seguir.
Entonces, la joven detuvo su vehículo y comprobó que no tenía collar y tampoco había nadie en los alrededores que se hiciera cargo del animal. Además, no vio ganado que estuviera a cuidado del perro ni tampoco casas o estructuras que le sirvieran de protección.
Así las cosas, decidió llevar al animal a un veterinario, donde comprobaron que no tenía chip, y a un establecimiento donde le bañaron y desparasitaron.
Un día después, la chica difundió la fotografía del mastín y se puso en contacto con una protectora de animales solicitando una casa de acogida.
La protectora hizo de intermediaria y localizó a otra mujer, que se hizo cargo del cachorro, entonces de seis meses. Lo registró a nombre y lo llevó al veterinario para que le colocaran el chip, le vacunaran y le realizaran una analítica.
Para la magistrada, estos hechos no pueden ser calificados como un delito de apropiación indebida.