El TSJC deja sin efecto el cierre del interior de la hostelería cántabra
Sanidad insiste en que el 'pasaporte Covid' sigue vigente
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha ratificado la suspensión del cierre interior de los establecimientos hosteleros en municipios de la región que estén en nivel 3 de riesgo (alto) por coronavirus.
Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC en un auto dictado este miércoles, con el que confirma la medida cautelar acordada el pasado viernes tras la petición del sector, y después de haber atendido las alegaciones de Sanidad.
La resolución deja sin efecto el cierre del interior de locales de hostelería y restauración en ayuntamientos con alta incidencia de Covid.
La primera medida tuvo carácter urgente, ya que fue adoptada a instancias de la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria sin que fuera oída la parte demandada, la administración regional.
Pero la Sala dio tres días a la Consejería de Sanidad para que presentase sus alegaciones a la decisión adoptada, extremo que llevó a cabo ayer, lunes.
Hoy, tras conocer sus argumentos, el tribunal ha confirmado su decisión y mantiene la suspensión del cierre del interior de bares y restaurantes.
En un auto contra el que cabe recurso de reposición, los magistrados se refieren a la resolución del consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, del pasado viernes -relacionada con la necesidad del ‘pasaporte Covid’ para acceder a esos locales-, ya que el Gobierno en sus alegaciones argumentó la pérdida sobrevenida de objeto del pleito dada la existencia de esta nueva norma.
Sin embargo, la Sala del TSJC señala que «al tratarse de una nueva resolución que incorpora una nueva excepción al cierre del interior de los establecimientos de hostelería y restauración que no forma parte del presente recurso contencioso administrativo ni de la medida cautelar sobre la que la Sala se ha pronunciado, no puede prosperar la alegada pérdida de objeto del presente recurso».
«Sin que proceda en este momento entrar en el análisis y valoración de la decimosexta modificación que, reiteramos, es ajena a este procedimiento y medida cautelar, al no ser objeto del recurso entablado», abundan los jueces.
Valoración del riesgo
Finalmente, el auto justifica el mantenimiento de la medida cautelar en el hecho de que, entre las alegaciones presentadas por la administración, «no exista alguna relativa a los errores que pone manifiesto la asociación solicitante sobre la forma de valoración del riesgo».
Y tampoco acerca de las razones «que justifiquen que la administración haya obviado la necesidad de poner en relación los indicadores que sirven para calificar los niveles de riesgo de las características de la población y el incremento poblacional que experimentan diversas zonas turísticas».
Sanidad insiste en que sigue vigente el ‘pasaporte Covid’ para entrar en hostelería
La Consejería de Sanidad ha insistido en que el ‘pasaporte Covid’ para entrar en los establecimientos de hostelería y restauración «sigue plenamente vigente».
Así lo ha asegurado el departamento que dirige Miguel Rodríguez después de conocerse el auto del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma que ratifica la suspensión del cierre interior de estos locales en municipios en nivel 3 de riesgo (alto) por Covid.
Sanidad ha reafirmado este miércoles, tal y como reafirmó el fin de semana, que la «excepción» establecida el pasado viernes que permite el acceso dentro de bares y restaurantes, «siempre y cuando dispongan de ‘pasaporte Covid-19’ completo y con aforo máximo de un tercio, sigue plenamente vigente».
En un comunicado, la Consejería ha precisado que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha confirmado que deja sin efecto el cierre de los interiores de la hostelería decretado en la resolución del semáforo Covid del pasado 27 de julio, y que hoy mismo deja de tener efecto tras la última revisión semanal.
Así, esta misma noche entra en vigor el nuevo semáforo, que sitúa a 27 municipios en nivel 3 de riesgo, debido a la actualización de la incidencia del virus en Cantabria, que realizaron ayer los técnicos de Salud Pública.
A esto se añade que la resolución judicial, dictada y notificada hoy, señala que no forma parte del recurso contencioso administrativo la excepción adoptada el viernes y que requiere el certificado Covid-19 para entrar en bares y restaurantes de ayuntamientos en riesgo 3 y 4, y que fue adoptada para «evitar el impacto de esa medida sanitaria en plena época estival».
Por lo tanto, la medida, «del todo excepcional, pretende conciliar una cierta flexibilización en las medidas restrictivas, pero sin comprometer, en modo alguno, la salud de las personas».
En este sentido, la autoridad sanitaria insiste en que, «bajo ninguna circunstancia, esta excepcionalidad invita a relajar las medidas de prevención y precaución frente al virus, que siguen siendo imprescindibles para frenar la expansión descontrolada de la pandemia».
Por último, la Consejería recuerda que el certificado del estado de salud de los ciudadanos conocido como pasaporte Covid-19 se emite en tres circunstancias: con la pauta completa de vacunación; si se acredita haber pasado la enfermedad desde 11 a 180 días después de haber tenido PCR positiva (el llamado pasaporte de recuperación); y el pasaporte de prueba negativa, que se dispensa a personas con prueba diagnóstica PDIA negativa, realizada en las 72 horas anteriores.