Los constructores evitan los pagos aplazados en obras municipales

Las empresas dedicadas a la obra pública en Cantabria, además de estar agobiadas por el poco trabajo que se genera en la región, han visto con alarma la intención de algunos ayuntamientos de forzarles a un pago aplazado si quieren participar en el plan de obras municipales puesto en marcha por el Gobierno regional.
Los ayuntamientos no van a recibir el dinero por el momento y para evitar el problema financiero que les plantea tener que pagar sin haber obtenido previamente la liquidez del Gobierno, algunos de ellos empezaron a sugerir a los empresarios que buscasen la financiación para ejecutar esas obras. Uno de los municipios, Comillas, llegó a trasladarlo a un pliego de licitación, utilizando la misma fórmula de aplazamiento de pagos que establece el Gobierno cántabro para financiarles estas obras municipales, es decir, que cobrarían en anualidades, hasta 2018.
La reacción no se hizo esperar y la Asociación de Constructores presentó un recurso ante el ayuntamiento comillano que le obligó a retirar el pliego para darle una nueva redacción, recordándole que las administraciones tienen prohibido forzar a los adjudicatarios de obra pública a aplazar el cobro, salvo que exista una ley expresa para ello. Pero el rango de esa ley ha de ser estatal, como ha tenido ocasión de aprender recientemente el Gobierno cántabro nada menos que del Tribunal Constitucional.

Una defensa de la libre competencia

El pasado mes de abril, y para la contratación de una obra de mejora y pavimentación de viales, el Ayuntamiento de Comillas sacó un pliego de licitación en el que se establecía como forma de pago el mismo calendario que fija el Gobierno de Cantabria para la entrega de las cantidades al Consistorio. Los 472.744 euros del contrato se desglosaban en cuatro pagos, el primero de 94.548 euros en los 30 días siguientes a la finalización de la obra y los tres restantes, de 128.000 euros cada uno, en 2016, 2017 y 2018. De esta forma el Ayuntamiento le trasladaba la carga de la financiación al contratista, algo que esté expresamente prohibido. Ya en la ley de lucha contra la morosidad de 2004 se calificaba de cláusula abusiva la que proporcionase al deudor (en este caso, el ayuntamiento comillano) una liquidez adicional a expensas del acreedor (el contratista).
Pero lo que alarmaba a los constructores era la posible generalización de esta práctica y que sólo las pocas empresas en condiciones de obtener financiación acabasen concurriendo a las adjudicaciones municipales. En la práctica, podría suponer el cierre del acceso a la obra pública para buena parte del sector.
Esta defensa de la libre competencia es la que movió a la Asociación de Constructores de Cantabria a presentar un recurso contra el pliego del Ayuntamiento comillano, que el propio Consistorio aceptó como fundado, dando una nueva redacción a la forma de pago.

El precedente del Tribunal Constitucional

Lo curioso de esta escaramuza jurídica es que el Gobierno cántabro había tropezado recientemente en la misma piedra, hasta el punto de verse desautorizado por el Tribunal Constitucional.
En 2011, el Ejecutivo cántabro licitó la obra de acondicionamiento del tramo Rubayo-Puente Agüero con la intención de aplazar el pago del contrato. Los recursos para que el Gobierno reconsiderase este planteamiento no tuvieron éxito y el TSJC acordó plantear una cuestión de inconstitucionalidad.
El Gobierno de Cantabria había utilizado la Ley de Presupuestos generales de la comunidad autónoma para establecer una excepción a la prohibición general de pago aplazado en el sector público. Como la Ley de Contratos contempla la posibilidad de que también por ley se autorice el aplazamiento de los pagos, el Ejecutivo cántabro entendió que bastaría con una norma autonómica, pero el TC ha dejado meridianamente claro que la ley que puede establecer excepciones a la prohibición de pago aplazado en los contratos públicos debe ser, “necesariamente”, estatal.
Un revolcón jurídico de gran calado, ya que cierra el paso a cualquier intento de trasladar a las empresas cargas financieras que, además de ilícitas, no están en condiciones de soportar, después de muchos años de una crisis demoledora para el sector.
El precedente sentado en Comillas también parece haber tenido un efecto disuasorio sobre otros ayuntamientos, según perciben constructores y excavadores, los sectores empresariales más ligados a la obra pública.
Un nuevo Plan E

Este lance jurídico despeja el camino para que el plan del Gobierno regional destinado a impulsar las obras municipales surta efecto inmediato. Se trata de un intento de dinamizar la obra pública que guarda mucha analogía con el Plan E de Zapatero, aunque en su día el PP lo denostase. Pero lo más sorprendente no es la recuperación de un modelo basado en las pequeñas obras municipales que, con baja inversión, consigue crear mucho empleo, aunque sea temporal, sino que también se reiteren algunas de las actuaciones más criticadas entonces por innecesarias o poco prioritarias. Por ejemplo, en esta ocasión hay seis ayuntamientos que han pedido la sustitución o reposición del césped artificial de sus campos de fútbol. Una circunstancia que también puede interpretarse en positivo, ya que puede dejar constancia de que las grandes necesidades urbanas de los municipios cántabros ya están cubiertas.

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