Juzgan a los responsables de un club de alterne por tener trabajadoras sin dar de alta y sin permiso de trabajo
La Audiencia de Cantabria juzgará desde mañana, lunes, a tres responsables de un club de alterne de Cicero acusados de no dar de alta en la Seguridad Social a varias trabajadoras y de emplear a otras que no tenían permiso de trabajo, hechos por los que la Fiscalía les pide tres años de cárcel a cada uno.
Según el escrito del Ministerio Fiscal, uno de los acusados es el administrador único y socio fundador de la empresa que explotaba el citado club, y los otros dos, las personas que «contrataban a las mujeres, establecían los precios y dirigían el negocio». De estos dos, uno era hijo del propietario del inmueble en el que estaba instalado el club.
En octubre de 2017, funcionarios de Policía Nacional acudieron al club a realizar una visita en el marco de las actividades inspectoras y de lucha contra el crimen organizado que le son propias.
Allí encontraron a once personas prestando servicios, todas ellas extranjeras, de las que siete desarrollaban actividades de alterne.
Seis de las personas identificadas eran mujeres que no estaban dadas de alta en la Seguridad Social y otras tres carecían de autorización para trabajar.
En su escrito, la Fiscalía explica que las mujeres que ejercían el alterne «dormían, comían y cenaban» en el establecimiento, y su función era «captar clientes para incentivar el consumo de bebidas, recibiendo una retribución» que consistía en una comisión por cada copa.
Además, el club «fijaba el horario de las trabajadoras», «con una jornada mínima de siete horas», y éstas «vestían ropas de similares características, llamativas y provocativas, propias de la actividad que desarrollaban».
Entiende la Fiscalía que los responsables del club, ahora acusados, «conocían la obligación de todo empresario de dar de alta en la Seguridad Social a sus empleados, como lo demuestra el hecho de que otros trabajadores sí estaban dados de alta», y de que la empresa representada por uno de los acusados «ya había sido sancionada por la misma infracción».
Los hechos constituyen, a su juicio, un delito contra los derechos de los trabajadores en su modalidad de empleo a personas extranjeras que carecen de permiso de trabajo y de un delito contra los derechos de los trabajadores en la modalidad de no dar de alta en la Seguridad Social.
Según la Fiscalía, procede imponer a cada uno de ellos una pena de tres años de prisión y multa de 2.700 euros, así como la inhabilitación especial para ejercer cargo de administrador de industria o comercio durante un periodo de tres años.
La Tesorería General, por su parte, ejerce la acusación particular contra dos de ellos: el administrador único de la empresa y gerente, y el que considera que era copropietario, socio mayoritario y gerente de hecho. No acusa la Tesorería General a uno de los que fiscalía considera gerente; en concreto, al hijo del propietario del inmueble.
Para cada uno de los dos acusados solicita una condena de dos años y medio de prisión, inhabilitación para el cargo de administrador de industria y comercio por el mismo periodo, y 6.000 euros de multa.
Por su parte, las defensas de los tres acusados piden la libre absolución de los mismos, ha informado en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
En concreto, el representante legal del que figura como administrador único de la empresa argumenta que, a pesar de ello, «nunca ha ejercido dicho cargo de forma efectiva, teniendo absoluto desconocimiento sobre el funcionamiento de dicha sociedad», y que es otro de los acusados –el que la Tesorería General considera gerente de hecho– quien lo ha hecho «de forma real y efectiva».
Y es que, según explica en su escrito de defensa, su cliente «fue utilizado» por el otro acusado «para la constitución de la sociedad», y «apenas ha sido socio de la misma por un plazo de dos meses», siendo además el otro acusado «quien ha aportado el dinero de las participaciones».
Finalmente, la defensa del acusado que es hijo del propietario del inmueble donde estaba instalado el club señala en su escrito que «no tiene nada que ver con el negocio desarrollado en el establecimiento» y que «su única vinculación lo es como hijo del dueño del local» y, «eventualmente, como cliente». «Nunca ha intervenido en la gestión del negocio desarrollado en el mismo», ha asegurado.
El juicio arrancará este lunes, a partir de las 10.00 horas, en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, y está previsto que se desarrolle durante otros dos días: el miércoles 27 y el jueves 28 en sesiones que arracarán a la misma hora.