Publicado el Plan Moves II que subvenciona con hasta 4.000 euros la compra de vehículos eficientes
Martín considera la ayuda de 1,2 millones como un nuevo impulso al sector
La Consejería de Industria del Gobierno de Cantabria ha publicado este lunes en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), con carácter extraordinario, la orden de ayudas a la adquisición de vehículos eficientes (Plan MOVES II de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible) por importe de 1,2 millones de euros, que da continuidad a la anterior convocatoria que supuso que durante el último verano Cantabria fuera la comunidad donde más creció la venta de coches.
Esta línea de ayudas estará abierta por un plazo de un año tras la publicación de la convocatoria o hasta que se agoten los fondos de la misma.
La orden tiene como novedad que las subvenciones pueden aplicarse a toda clase de vehículos eficientes, eléctricos, híbridos o gas, incluidas motocicletas y furgonetas, y se extiende a la instalación de sistema de cargas comunitarias y a medidas de movilidad sostenible de acceso al trabajo, ha informado el Gobierno regional en nota de prensa.
También pueden aplicarse a vehículos no estrictamente nuevos, que hayan sido matriculados por el concesionario, y los particulares podrán optar a las ayudas de forma retroactiva desde el pasado 18 de junio. La Dirección General de Industria, Energía y Minas ha habilitado para informar y tramitar las ayudas la web: https://dgicc.cantabria.es/moves2 .
El consejero de Industria, Francisco Martín, ha animado a los cántabros a renovar el parque de vehículos de Cantabria, «uno de los más antiguos de España», y ha manifestado que la orden de ayudas es una oportunidad para impulsar de nuevo el sector automovilístico y la sostenibilidad del transporte con la disminución de las emisiones de CO2, la mejora de calidad del aire, la reducción de la dependencia del petróleo y el ahorro energético.
El presupuesto de 1.239.194 euros asignado por el IDEA (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) para este programa de ayudas en Cantabria se destinará a tres líneas de actuaciones: la adquisición de vehículos de energías alternativas (864.194 euros, es decir, el 69,73% del total); la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos (250.000 euros, un 20,17% del total); y la implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo (125.000 euros, el 10,1% del total).
Para la compra de vehículos se subvencionará la adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por ‘leasing’ financiero o arrendamiento por ‘renting’ (también llamado ‘leasing’ operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de ‘renting’ en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de ‘renting’.
También serán subvencionables la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de turismos y furgonetas con hasta nueve meses de antigüedad, contada desde su primera matriculación hasta la fecha de registro de la solicitud de ayuda, y cuya titularidad deberá ostentarla el concesionario, punto de venta o fabricante/importador que realice la venta del vehículo al destinatario último de la ayuda.
En este caso el vehículo deberá haber sido adquirido por el concesionario o punto de venta, como vehículo nuevo al fabricante o importador. Los vehículos susceptibles de ayudas deberán pertenecer a alguna de las categorías que estén incluidos en la página web del IDEA.
Las ayudas para la adquisición de vehículos irán desde los 750 euros para la adquisición de motocicletas eléctricas hasta los 4.000 euros para la adquisición de turismos propulsados por pila de combustible, que se verían incrementados hasta 5.500 euros si además se achatarra un vehículo, y en el caso de los turismos y furgonetas deberán contar con un descuento de al menos 1.000 euros por parte del fabricante o el punto de venta.
Las ayudas para la compra de furgonetas, camiones ligeros y camiones propulsados por Gas Natural Comprimido, Gas Natural Licuado o GLP, están comprendidas entre los 3.600 y los 13.500 euros.
Carga de vehículos
Con respecto a la subvención de la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos, será del 30% del coste subvencionable para empresas y del 40% para particulares, autónomos y comunidades de propietarios, con un límite de 100.000 euros por destinatario último.
Serán subvencionables los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos de adquisición directa, tanto pública como privada. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica para recarga de vehículo eléctrico.
Para que sean subvencionables, las infraestructuras de recarga tendrán que destinarse al uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares; al uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.); al uso privado en zonas de estacionamiento de empresas para dar servicio a su propia flota, a sus trabajadores y a sus clientes; al uso público en vía pública en ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas; al uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras y a la recarga de oportunidad de autobuses mediante pantógrafo.
Las ayudas a la implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo tendrán una subvención del 40% para los destinatarios, salvo para aquellos sin actividad comercial ni mercantil que será del 50%, con un límite de 125.000 euros por destinatario.
Las ayudas están dirigida al acceso de los centros de trabajo que actúen sobre la movilidad de los trabajadores, clientes y podrán ser subvencionables aquéllas que faciliten el acceso al centro de trabajo a pie o en bicicleta (inversión en aparcamiento de bicicletas, dotación de vestuarios, etc.); disposición de líneas específicas de transporte colectivo y autobuses lanzadera a los centros de trabajo o actividad; actuaciones para facilitar y fomentar el uso del transporte público o colectivo y plataformas y sistemas de vehículos compartidos.
Será coste subvencionable el coste asociado a la ejecución de las actuaciones planteadas y la ejecución de las medidas para las que se solicita ayuda, deberá realizarse, en todo caso, con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud en la convocatoria correspondiente.