El Tribunal de Cuentas critica la reforma que permite a los partidos recibir fondos municipales sin declarar

Propone que los grupos municipales rindan cuentas de sus subvenciones y que devuelvan lo que han usado de forma inadecuada

El Tribunal de Cuentas ha criticado la última reforma legal, la modificación de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), que va a permitir que los partidos políticos, sin una declaración detallada, reciban parte de las subvenciones que los ayuntamientos otorgan a sus grupos municipales y avisa de que supone un retroceso en términos de transparencia.

En sus informes sobre la financiación de los partidos políticos, el Tribunal de Cuentas viene reclamando una «normalización y homogeneización» de las contabilidades de los grupos institucionales para que se compaginen con los balances de los partidos «a fin de evitar las deficiencias detectadas en el proceso de consolidación de dichas contabilidades».

También viene poniendo reparos a que parte del dinero que los ayuntamientos otorgan a sus grupos municipales acabe cediéndose a los partidos políticos correspondientes, pues considera que esas subvenciones deben dedicarse su finalidad, que es la financiación de las actividades de esos grupos institucionales.

Y si parte de ese dinero municipal va a acabar en las arcas del partido político correspondiente, el fiscalizador considera que deberían formalizarse acuerdos «en los que se recojan los servicios que la formación política se compromete a prestar a cada grupo político, con una valoración económica de los mismos, así como el importe a aportar anualmente por parte de los grupos para compensar el coste de dichos servicios».

«UN RETROCESO EN LA TRANSPARENCIA»

En su último informe de fiscalización de las actuaciones realizadas por los ayuntamientos de capitales de provincia en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos políticos municipales, relativo al ejercicio 2022, el Tribunal recomendaba modificar la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) para regular esta financiación pública de los partidos.

Pero lo que ha aprobado el Parlamento va en otra línea, pues se introdujo un cambio en el artículo 73.3 de esa ley permitiendo que la parte de las dotaciones que los grupos destinen a realizar aportaciones a los partidos políticos no sean objeto de contabilidad específica.

Para la institución que preside Enriqueta Chicano, ese cambio legal «supone un retroceso en la transparencia que debe regir en la gestión de los fondos públicos e impide su control», y así lo ha puesto de manifiesto en una moción que se ha remitido a las Cortes y a la que ha tenido acceso Europa Press.

A su juicio, la regulación vigente de las dotaciones económicas que asignan las entidades locales a favor de los grupos políticos presenta «significativas carencias e insuficiencias», por lo que se plantean una serie de propuestas de modificación, no sólo sobre las dotaciones económicas sino también sobre otros recursos, personales y materiales, que las Corporaciones, con cargo a su presupuesto, ponen a disposición de los grupos.

SÓLO PARA FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS

Entre otras modificaciones, el Tribunal propone que las aportaciones de los grupos municipales a las formaciones políticas se basen en la prestación de servicios por parte de estas últimas y que, además, sean susceptibles de valoración económica. El objetivo es que los fondos que las Corporaciones asignan a los grupos políticos municipales se destinen, exclusivamente, al funcionamiento ordinario de los grupos.

El Tribunal también aboga por que se regulen los requisitos que deben cumplir los grupos para ser beneficiarios de las dotaciones económicas, así como el régimen de los reintegros como consecuencia de la falta de adecuada justificación de las asignaciones recibidas o por la existencia de remanentes sin emplear.

Por último, se propone que los grupos municipales rindan cuentas ante el interventor de la Corporación de lo que han hecho con las subvenciones que han recibido, que se debatan sus balances en los plenos y que, en su caso, se les exija devolver lo usado de forma irregular.

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