GSW tendrá que informar del sueldo individual de sus directivos
La ley autonómica de transparencia de empresas obliga a hacerlo, según ratifica el TSJC
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha ratificado la condena a Global Steel Wire a informar de los sueldos individuales de sus directivos, publicando las retribuciones anuales e indemnizaciones que perciban en la página web de GSW.
Así se desprende de una sentencia de la Sala de lo Social del TSJC -que no es firme, pues cabe recurso ante el Supremo- que confirma una previa del Juzgado de lo Social 4 de Santander y que fue pionera, al aplicarse por primera vez la ley autonómica de transparencia en las empresas.
El fallo de instancia, corroborado ahora por el alto tribunal cántabro, estimaba una demanda de USO y condenaba a GSW (del Grupo Celsa y radicada en Nueva Montaña) a indemnizar al sindicato con 6.250 euros por vulnerar el derecho de información de la organización.
La resolución del TSJC desestima el recurso de la empresa, a la que impone el pago de 850 de costas procesales. Los magistrados rechazan todos los argumentos de GSW, entre ellos una presunta vulneración de protección de datos y la competencia de la representación social para realizar una reclamación a través de una norma de carácter administrativo.
Apuntan que el derecho de información de los trabajadores afecta «a las retribuciones de los altos cargos con especial incidencia en las indemnizaciones cuantiosas a favor de los directivos que resolvieron los contratos». En ese sentido, la sentencia considera que «carece de sentido que pudiera quedar hurtada tal información a los representantes de los trabajadores con intereses inmediatos»
«Hay una norma legal que autoriza la publicación de tales datos y de forma individualizada», sentencia la Sala de lo Social, para referirse a la norma autonómica aprobada en marzo de 2018 de Transparencia de la Actividad Pública y, más concretamente, al artículo que establece la obligación de personas jurídicas beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas de más de 10.000 euros las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección.
Y tras admitir que «veces se plantea el difícil equilibrio entre transparencia y protección de datos personales», los jueces precisan que no todos los datos personales tienen el mismo nivel de protección –caso de aquellos relativos a ideología, afiliación sindical, religión y creencias, el origen racial, la salud y la vida sexual y la comisión de infracciones penales o administrativas– y recuerdan, desde la perspectiva de la transparencia, que «las personas jurídicas no son titulares del derecho a la protección de datos personales».
BLINDAJE CON CLÁUSULAS ORO
GSW, en cumplimiento de la citada ley autonómica, publicó en su portal web en el año 2022 el total de remuneraciones devengadas por los órganos de dirección y de administración durante el ejercicio 2021 y que ascendió a 2,1 millones de euros. Al ser requerida la información individualizada, se negó y, según USO, rechazó realizar aclaración alguna a los representantes de los trabajadores.
Así, la Unión Sindical Obrera demandó a la empresa en enero de este año ante la negativa de la dirección a informar a esta organización de los salarios pormenorizados de sus directivos y tras conocerse que la familia Rubiralta, días previos a perder el control del Grupo Celsa, había blindado a sus consejeros con unas «cláusulas oro» con «consecuencias millonarias» en caso de ser despedidos.
USO pidió a GSW que diera cuenta de las retribuciones de los dirigentes de la planta cántabra de cara a una posible afectación en caso de aplicarse dichas cláusulas (el blindaje «oro» del Grupo fue suspendido por el Juzgado nº 2 de Barcelona hasta 2025 para «garantizar» la continuidad de la compañía).