Beneficios fiscales por el Año Jubilar Lebaniego

Aunque con menores aportaciones, por los efectos de la crisis, el Gobierno cántabro confía en que la recaudación para el Año Jubilar terminará siendo muy relevante. Lo cierto es que si se captaron 19 millones de euros en 2006, a través de los patrocinios de empresas, con el Año Jubilar que está a punto de empezar no existe todavía confirmación por parte de la mayoría de la veintena de patrocinadores con los que espera contar el Gobierno de Cantabria.
Hasta ahora, las únicas empresas que han suscrito el acuerdo de patrocinio de forma directa han sido Viesgo, Carrefour y el Banco Santander, aunque el consejero de Turismo, Francisco Martín, confía en ir cerrando nuevos acuerdos a lo largo de los próximos meses y llegar a captar una cantidad “de dos dígitos”.
Para animar a esa colaboración, la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2015 estableció una serie de beneficios fiscales aplicables a la celebración del Año Jubilar en Liébana, tanto en materia de donativos como de patrocinio publicitario, que estarían vigentes en el periodo comprendido entre el 16 de abril de 2015 y el 15 de abril de 2018.
En materia de donativos se aplica el régimen de mecenazgo prioritario y se contemplan dos supuestos diferentes: las donaciones realizadas por personas físicas tendrán derecho a una deducción en la cuota del 80% hasta 150 euros, y del 35% para el resto; si las donaciones son realizadas por personas jurídicas, tendrán derecho a una deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades del 40%.
Además de las deducciones por donaciones, cualquier gasto en promoción o publicidad que haga una empresa puede convertirse en deducible a efectos del Impuesto de Sociedades o del IRPF por el mero hecho de incluir el logotipo del Año Jubilar Lebaniego. Las grandes empresas casi siempre tratan de aprovechar esta desgravación fiscal extraordinaria para que les salgan más baratos sus spots de televisión o radio, pero también son aplicables a carteles, folletos publicitarios y otros objetos promocionales de difusión gratuita. En concreto, se aplica una deducción de la cuota, en ambos impuestos (Sociedades e IRPF), del 15% de los gastos de propaganda y publicidad que sirvan directamente para la promoción del Año Jubilar Lebaniego.
Gema Uriarte, adjudicataria del contrato público para la captación de recursos privados para el Lebaniego, se ha comprometido a que estas ayudas fiscales no tengan que ser negociadas individualmente con Hacienda por el beneficiario sino que sean ‘llave en mano’, ya que todas las gestiones las hará su despacho, dentro del compromiso que ha asumido con el Gobierno cántabro.

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