Las diferencias territoriales que crea el Impuesto de Sucesiones llegan al Defensor del Pueblo

A medida que cada comunidad autónoma retoca alguno de los impuestos cedidos por el Estado, avanza un proceso de fragmentación del mapa fiscal español que crea beneficiados y agraviados. Cantabria se sentía muy perjudicada por el efecto frontera, ya que tanto el País Vasco como Navarra tenían un régimen diferenciado al aplicar una exención total en sucesiones y donaciones para ascendientes, descendientes, cónyuges o miembros de una pareja estable.
A finales de 2002, el Ejecutivo de coalición PP-PRC, que entonces gobernaba Cantabria, decidió aprovechar todo el margen de maniobra que el Estado le había cedido en este impuesto y, ya que no podía hacerlo desaparecer, lo dejó reducido a la nada, con una rebaja del 99% en los tipos, tal como previamente se hizo en la sucesiones de empresas familiares, donde se consideró conveniente reducir la fiscalidad para evitar la alta mortandad que solían sufrir en el tránsito intergeneracional.
Con la decisión de Cantabria, quienes sufren el efecto frontera son los asturianos y, siempre habrá alguna autonomía colindante afectada, hasta que esta suerte de derribo de fichas de dominó fiscales acabe por llegar a Ceuta y Melilla. Si ese momento llega, todas las autonomías volverán a tener igual o parecido tratamiento de los patrimonios heredados y dejará de suscitarse la competencia fiscal.
Pero quizá no era esto lo que han buscado las regiones que han dado el primer paso (beneficiar a todas las familias que tienen un patrimonio heredable) sino el captar contribuyentes de alto poder adquisitivo robándoselos a otras comunidades.

El Defensor del Pueblo decide intervenir

Los problemas que por el momento está creando esta diferencia de trato fiscal frente al mismo hecho imponible (una herencia) han llegado al Defensor del Pueblo, que ha abierto una queja de oficio. En su opinión, “podría implicar una discriminación contraria al artículo 138.2 de la Constitución Española, ya que impone privilegios asociados a la vecindad”.
El Defensor del Pueblo sostiene que el contribuyente se siente “discriminado y confundido” por la dispersión normativa que se está produciendo y advierte que, por su seguridad jurídica, debe ser perfectamente consciente de que su vecindad es indiferente para establecer el derecho aplicable, ya que el Impuesto sobre sucesiones y donaciones se fija por el lugar de residencia del causante.
Por otra parte, el Defensor del Pueblo recuerda que la Ley de 2001 que regula el nuevo sistema de financiación de las autonomías, expresamente anula cualquier cambio de domicilio fiscal que tenga como objetivo principal el lograr una menor tributación en el impuesto de sucesiones, aunque esto no es sencillo de probar. Ni siquiera resulta del todo efectiva la cautela que introdujo el legislador que hace necesarios cinco años de residencia efectiva para poder acogerse a la fiscalidad de una autonomía.

Dudosas diferencias por edades

El Defensor del Pueblo, además, considera inconstitucional que muchas regiones (en este caso no está Cantabria entre ellas) diferencien el trato de los descendientes y adoptados menores de 21 años de los mayores de esta edad, que sufren una fiscalidad mayor.
Es consciente de que esta distinción busca dar una mayor protección a quienes aún no han podido labrarse una posición económica que les permita, al menos, liquidar los derechos que han de pagar por la transmisión del patrimonio de sus progenitores. “Pero las circunstancias sociales actuales no permiten apreciar diferencias de capacidad económica entre los 20 y los 22 años suficientes como para mantener esta distinción”, dice el informe del Defensor del Pueblo, lo que puede vulnerar el derecho de igualdad material que establece la Constitución. No es comprensible que el mismo bien tenga tributaciones diferenciadas, según el Defensor del Pueblo, para un hermano de 21 años (que estaría exento) y otro de 22, que tendría que pagar.
Las observaciones del Defensor del Pueblo no dejan de recoger una realidad cada vez más evidente: la de un fraccionamiento del mapa fiscal español que impulsa a los contribuyentes a jugar a estrategias de desplazamiento geográfico para pagar menos en cada caso, y lleva a las administraciones regionales a competir entre sí para atraer a colectivos (especialmente, potenciales inversores) con el señuelo de una menor fiscalidad.

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